Más de 12 mil llamadas no deseadas fueron reportadas en los últimos tres meses, según datos del Indecopi, pero ¿cuáles son las empresas con más quejas?

En el 2021 el Perú fue el se­gundo país más afectado por las llamadas no deseadas, según el informe Truecaller Insights, don­de se estimaba que un peruano recibía un promedio de 18 llama­das spam al mes.

Ahora, entre el 16 de marzo y el 10 de junio de este 2022, el Indecopi ya ha registrado más de 12 mil reportes de llamadas no deseadas, cifra que no inclu­ye los casos que no llegan a re­portarse ante la entidad.

Las llamadas no consentidas son un problema que enfrentan los usuarios cada día, pese a que esto está regulado en el artícu­lo 58 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Pero, ¿qué se está haciendo para con­trolar esto?

“Las llamadas sin consenti­miento se consideran como una infracción al Código de Protec­ción al Consumidor, que prohíbe métodos comerciales agresivos o engañosos, entre los que se encuentra emplear centros de llamada para promocionar pro­ductos sin que haya recibido un consentimiento del consumidor”, dijo Yvette Sanguinetti, coordi­nadora de la Dirección de la Au­toridad Nacional de Protección del Consumidor del Indecopi, al diario Gestión.

Desde el 2019 hasta la actua­lidad se han impuesto unas 42 sanciones de oficio a más de 30 empresas en el país, lo cual impli­ca una multa total de 1,104 UIT.

Además, el Indecopi informó que ya tiene en curso una inves­tigación a 12 empresas por la infracción de llamadas sin con­sentimiento.

Entre las compañías que se encuentran entre las más re­portadas por los usuarios están: Telefónica del Perú, Claro, Entel Perú, BBVA y Scotiabank.

Otras empresas que ya han sido sancionadas antes, y que nuevamente estarían figurando entre los proveedores reporta­dos, están: Interbank, Ripley, Oncosalud, banco Falabella y banco Pichincha.

Sanguinetti señaló que en la revisión total, desde el 2019 a la fecha, las llamadas sin consen­timiento se concentran en dos sectores específicamente: Un 58.1% en el sector de comercio e industria, y un 41% en el sec­tor financiero y de seguros.

Cabe mencionar que también están sancionadas las llamadas de cobranza que se realicen an­tes de las 8:00 a.m. y después de las 8:00 p.m.

¿Qué hacer ante esto?

El Indecopi indica que si un usuario recibe llamadas de una empresa sin haberle dado un consentimiento previo pueden realizar un reclamo o denun­cia en los siguientes canales de atenció:

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Source: RPP