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Cusco

LIMA

17 de Septiembre del 2019 – 18:18

17 de Septiembre del 2019 – 18:18

Proceso legal a extranjero que usó drone en Machu Picchu continuará aunque no esté en el país

Diario Correo: foto 1


Hace poco el turista mexicano, Omar Bernardo Fuentes, hizo gala a través de sus redes sociales, de haber sobrevolado su drone en

Machu Picchu

, pese a que conocía que estaba totalmente prohibido.

Tras esto, las alarmas sobre el mal accionar del extranjero se encendieron, dando campo a una acción legal por parte de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, ente dedicado a la protección y conservación de sitios patrimoniales.

Fredy Escóbar, director de esta institución, citó que, pese a que el visitante ya no se encuentra en el país,

el proceso legal sancionador en su contra continuará

, hasta que el mal turista se haga responsable por su accionar en Machu Picchu.





Nosotros ya iniciamos el proceso a través de nuestra área jurídica y a través de procesos legales se le hace de conocimiento así no esté en el país, el hecho de que no esté aquí no implica que no cumplamos nuestra función, la notificación se le puede hacer por distintas redes.

Así haya demostrado arrepentimiento

el visitante debe comprender que debe haber un respeto irrestricto a nuestro patrimonio y si hay un reglamento es para cumplirlo”,

citó.

También mencionó que la sanción que se le impondrá al mexicano depende del informe que se viene elaborando, la transgresión se está investigando y el monto de la multa recién se establecerá.

Sobre las recientes transgresiones al patrimonio en

Choquequirao, Pisaq y Machu Picchu,

el funcionario mencionó que las normas están dadas y que son claras y que mucho depende del nivel de educación de locales y extranjeros para que estas sean respetadas o no.


“Nosotros no nos vamos a pasar la vida pidiendo a las personas que cumplan las normas, eso debe de hacerse, los infractores cada vez son más, pero eso no significa que algo esté pasando en el

Ministerio de Cultura,

nosotros hacemos procesos de sensibilización, pero los resultados están supeditados al entendimiento y responsabilidad de las personas”

, finalizó.


DATOS:

-Sobrevolar un aparato tripulado o no supone una ininfracción al Reglamento de Uso Sostenible y Visita Turística para la Conservación de la ciudad inca de Machu Picchu, así como a la

Resolución N° 002-99

de la Unidad de Gestión de Machu Picchu que establece la prohibición de sobrevuelos en este sitio declarado Patrimonio Mundial por Unesco.

-En su defensa el mexicano ha expresado, a través de sus redes sociales, que no se le puede sancionar debido a que su drone pesaba menos de 700 gramos y que fue lanzado fuera del horario de visitas a

Machu Picchu

, y que las tomas fueron utilizadas para promover los Juegos Panamericanos.


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Source: Correo