Reiteraron que casos de menores de 14 años embarazadas constituyen delito de violación sexual. Deben evitarse medidas dilatorias y declaraciones que exponen a las víctimas y a evitar su revictimización.

La Defensoría del Pueblo, ante los últimos casos de niñas embarazadas producto de violaciones sexuales, ocurridos recientemente en las regiones Ucayali y Cusco, sumados a otros que sucedieron anteriormente, reiteró al personal médico y administrativo de los establecimientos de salud de todo el país la necesidad de cumplir con las obligaciones asumidas en el marco normativo nacional e internacional vinculadas a la atención de las víctimas.

Por ello, se debe tener en cuenta el protocolo de actuación médica para salvaguardar la salud de las menores. A fin de garantizar una oportuna y adecuada atención a las menores, la Defensoría del Pueblo exhorta al Minsa, como órgano rector, capacite al personal de salud y administrativo sobre sus obligaciones en la atención de este tipo de casos y los derechos de las víctimas. Asimismo, sobre la necesidad de realizar actuaciones diligentes, céleres y oportunas, sin dilaciones innecesarias que puedan incrementar el riesgo en la salud integral de las víctimas.

Asimismo, la Defensoría del Pueblo hizo un llamado al personal de salud que presta servicios en los establecimientos de salud del país a proteger la identidad de las víctimas, evitando ahondar en detalles durante las entrevistas a medios de comunicación, que puedan conducir a identificar a las víctimas. Con ello, desde la institución se busca evitar casos de revictimización; es decir, que al cuadro de crisis que, de por sí, atraviesa la víctima, se sumen otros por la exposición mediática.

En ese sentido, es importante subrayar lo dispuesto en la Ley N.° 30466, Ley que establece parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño, en la que se señala expresamente que las autoridades y profesionales involucrados están obligados a mantener reserva de los procesos y a preservar la identidad de la niña, el niño y adolescente en todo momento. En esa medida, las autoridades de salud deben guardar reserva absoluta sobre detalles que conlleven a identificar y revictimizar a las víctimas, lo cual no habría sido cumplido recientemente por el personal médico y administrativo del Hospital Antonio Lorena, en Cusco.

Finalmente, es preciso recordar que el artículo 173 del Código Penal determina que todo embarazo de una niña o adolescente menor de 14 años es considerado violación sexual y debe ser sancionado. Por ello, desde la Defensoría del Pueblo continuaremos supervisando la actuación de los establecimientos de salud y de las instituciones encargadas de administrar justicia, con la finalidad de garantizar su adecuada atención, recuperación y el seguimiento a la salud física y mental de las víctimas, así como las medidas que se adopten en el sistema de justicia para evitar casos de impunidad.

La entrada Defensoría del Pueblo reitera a establecimientos de salud de todo el país obligación de pronta actuación en casos de niñas embarazadas se publicó primero en Diario El Sol del Cusco.


Source: RPP