Agraviada tiene 68 años. El hecho ocurrió en Chumbivilcas

Walter Américo Zubizarreta Mollo (26), fue sentenciado a 21 años de pena privativa de liber­tad, como autor y responsable de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, subtipo violación sexual de per­sona en imposibilidad de resistir, en agravio de una adulta mayor de 68 años.

La Fiscal, Gabriela Sernades Pino; Fiscal Adjunta Provincial de la Fiscalía Corporativa Es­pecializada en Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Chumbi­vilcas (en apoyo), a cargo del caso, manifestó que, de las in­vestigaciones se tiene que el 5 de diciembre del 2021, el sen­tenciado que era vecino y ex pa­reja de la nuera de la víctima, desde las 8 de la mañana, se encontraba consumiendo bebi­das alcohólicas en una fiesta de mineros informales en el esta­dio Paltapampa, Comunidad de Charamuray del distrito de Col­quemarca, provincia de Chum­bivilcas.

Alrededor de las 21:00 Hrs, del mismo día, mientras la vícti­ma descansaba en su casa, Wal­ter Américo Zubizarreta Mollo, ingresa repentinamente y logra reducir a la víctima, hasta en­contrarse en imposibilidad de resistir, concretando así el delito de violación, al punto de hacerle perder un diente por los golpes que le propinó en varias partes del cuerpo, así como intentar asfixiarla en 3 ocasiones.

Al huir del lugar el senten­ciado pierde su teléfono celular que más tarde fue encontrado por los familiares de la víctima a quienes pidió auxilio, sien­do reconocido por las fotos de las redes sociales, como Walter Américo Zubizarreta Mollo, que fue capturado por las rondas campesinas y familiares de la agraviada, el 6 de diciembre al­rededor de las 5:00 Hrs.

Finalmente, el 31 de mayo del 2023, el Segundo Juzgado Penal Colegiado Especializado en Deli­tos Asociados a la Violencia con­tra las Mujeres e Integrantes del grupo familiar del Cusco, sen­tenció a Walter Américo Zubiza­rreta Mollo, a 21 años de pena privativa de libertad y al pago de 30 mil soles por reparación civil, por el delito de violación se­xual de persona en imposibilidad de resistir.

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Source: RPP