El objetivo de la ley del Congreso es «empadronar y amnistiar» a las personas naturales o jurídicas cuya adquisición o tenencia de armas de fuego de uso civil «no estén registradas o no tengan tarjeta de propiedad»

El Congreso de la Repú­blica oficializó la Ley N° 31694 que dispone «em­padronar y amnistiar» a las personas naturales o jurídicas cuya adquisición o tenencia de armas de fuego o municiones de uso civil «no estén regis­tradas o no tengan tarjeta de propiedad o que la li­cencia de uso y porte se encuentren vencidas».

La referida norma fue publicada ayer, jueves, en el Diario Oficial El Peruano y tendrá una vigencia de 3 años.

Empadronamiento a cargo de Sucamec

Según establece la ley, la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Ex­plosivos de Uso Civil (Su­camec) será la instancia encargada de realizar el empadronamiento de las «armas de fuego no regis­tradas» cuya tenencia o adquisición lícita «no haya sido comunicada a dicha superintendencia, que no cuenten con tarjeta de propiedad o cuya licencia de uso y porte se encuen­tren vencidas».

«Para lo cual se esta­blece una amnistía para las personas naturales o jurídicas que participen en el proceso de empa­dronamiento de las armas de su propiedad, las mis­mas que deben ser depo­sitadas en los almacenes a cargo de la Sucamec», refiere la norma.

Asimismo, añade que las armas de fuego solo podrán ser retiradas de los almacenes de la Su­camec «cuando el propie­tario administrado cuente con la licencia de uso de armas de fuego y con la respectiva tarjeta de pro­piedad a su nombre».

«Si el propietario no ob­tiene su licencia de uso de armas, puede vender o transferir el arma a otra persona que cuente con la respectiva licencia y auto­rización», indica la ley.

La normativa añade que representantes de la De­fensoría del Pueblo «par­ticipan como garantes de la transparencia en el proceso de empadrona­miento». A su vez, señala que Sucamec podrá «con­vocar a otros organismos para que también parti­cipen como garantes de la transparencia de este proceso».

Un hecho relevante que indica la norma es que Sucamec puede «suscribir convenios o acuerdos con medios de comunicación privados o aceptar su coo­peración en la difusión del proceso de empadrona­miento» de los usuarios.

Asimismo, «puede re­cibir apoyo económico, donaciones o trabajo vo­luntario de empresas, ins­tituciones y personas que deseen colaborar con el proceso de empadrona­miento».

La ley establece tam­bién que Sucamec remiti­rá un informe, «durante el primer trimestre de cada año», del avance del em­padronamiento a la Comi­sión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República.

La entrada Congreso oficializa ley que establece el empadronamiento y amnistía por tenencia de arma de fuego de uso civil <strong></strong> se publicó primero en Diario El Sol del Cusco.


Source: RPP