La norma, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, establece que las empresas de electricidad y telecomunicaciones deben retirar el cableado aéreo en desuso o en mal estado, «sin trasladar los costos del retiro en las tarifas al público consumidor»

El Congreso de la Repúbli­ca promulgó este viernes la ley que establece el retiro del cableado aéreo en desuso o en mal estado en las zonas urbanas del país.

La norma, publicada esta mañana en el diario oficial El Peruano, tiene como objetivo «establecer la descontamina­ción ambiental» mediante el retiro del cableado aéreo de los servicios de electricidad y de telecomunicaciones que presenten las mencionadas características «a fin de ga­rantizar la seguridad de la población».

Retiro en 24 meses

Según establece la ley, «las empresas concesionarias de servicios de electricidad y de telecomunicaciones» rea­lizarán el retiro del cableado aéreo en desuso o en mal es­tado «en un plazo no mayor a veinticuatro meses» desde la entrada en vigencia «del reglamento de la norma», la cual deberá ser «aprobada y publicada» por el Ejecutivo en los próximos 90 días.

Además, se establece que el costo de dicho retiro no será incluído en las tarifas que paga habitualmente el público consumidor.

Asimismo, la norma señala que la supervisión del reti­ro de los cables por las em­presas quedará a cargo «de la entidad de fiscalización ambiental competente, de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Evalua­ción y Fiscalización Ambien­tal».

No obstante, las municipa­lidades provinciales y distri­tales «de la zona contamina­da» realizarán la supervisión «únicamente en los aspectos de sus competencias».

Respecto a las sanciones en caso las respectivas em­presas incumplan lo estable­cido por la norma, esto será considerado como «infrac­ción muy grave» y se aplica­rá una multa con un «monto comprendido entre 5 y 20 UIT» por parte del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA).

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Source: RPP