El pleno del Congreso aprobó delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia tributaria, fiscal y de reactivación económica, mas no para modificar el esquema tributario para el sector minero, incrementar los impuestos a los alquileres o a las ganancias de capital

El pleno del Congreso aprobó, con 96 votos a favor, 18 en contra y 1 abstención, el texto sustitutorio el PL 583, que propone delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legis­lar en materia tributaria, fiscal y de reactivación económica. La medida fue exonerada de segunda votación.

Con la norma aprobada con 96 vo­tos a favor, 18 en contra y 1 absten­ción, el Gobierno no podrá realizar cambios al régimen fiscal minero, ni subir los impuestos a alquileres, personas naturales o cobrar a plata­formas digitales.

En el caso de los impuestos a la minería, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) planteó al Congre­so modificar “los tramos de margen operativo, aumentando las tasas marginales” de las regalías mineras, el impuesto especial de la minería y el gravamen especial minero. Sin embargo, la idea fue descartada por la Comisión de Presupuesto.

Los cambios a impuestos a alqui­leres (primera categoría) y a los que se paga por la venta de inmuebles, ganancias de capital, entre otros (segunda categoría) también fueron rechazados.

Igualmente queda fuera de la re­forma tributaria el incremento del impuesto a la renta a las personas naturales (cuarta y quinta catego­ría) que ganan de S/ 300,000 anua­les.

Asimismo, no habrá posibilidad de que el Ejecutivo cobre un Impuesto General a las Ventas (IGV) a plata­formas digitales como Netflix o Dis­ney Plus, y tampoco se eliminará la exoneración de IGV a los seguros de vida.

Comisión aprobó facultades de manera limitada

Previamente, la Comisión de Constitución del Congreso aprobó otorgar facultades legislativas al Po­der Ejecutivo, pero de manera aco­tada, es decir, no se podrían hacer todas las reformas tributarias que se plantea.

El texto aprobado, que sería deba­tido en el Pleno del Congreso, limita nueve temas de los 43 planteados por el Gobierno en su pedido, prin­cipalmente los cambios tributarios.

Con este dictamen de la Comisión se rechaza brindar las facultades le­gislativas para que se realicen cam­bios al régimen tributario minero, es decir, no podrán aumentar los im­puestos a estas empresas.

Sobre ese punto, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) recien­temente aseguró que solo se mo­dificarían “los tramos de margen operativo, aumentando las tasas marginales” de las regalías mineras, el impuesto especial de la minería y el gravamen especial minero. Pero, esto también fue rechazado por los congresistas.

En el texto aprobado por la Comi­sión, también se prohíbe modificar el Impuesto a la Renta que pagan los alquileres (primera categoría) y la venta de inmuebles y ganancias de capital (segunda categoría).

Asimismo, se indica que el Ejecu­tivo tampoco tendrá facultades para realizar cambios al Impuesto a la Renta de personas naturales (cuarta y quinta categoría), ni de las rentas provenientes de fuente extranjera, ni eliminar la exoneración del IGV a los seguros de vida.

Tampoco se permitirá que aumen­ten el IGV a las plataformas digita­les, ni que se incluya a los vaporiza­dores dentro del pago de ISC.

Ante la negativa de la Comisión, el MEF había adelantado que con ese proyecto que acotaba la reforma solo se recaudarían S/ 1,264 millo­nes, 90% menos que los S/ 12,000 millones que proyectaban.

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Source: RPP