Por: Econ. Flavio Froilán Miraval Bedoya

Pero no conoce ni se beneficia con un solo gramo de este recurso

UNA BREVE HISTORIA

En julio de 1981, el gobierno del Arq. Fernando Belaunde Te­rry suscribió un contrato con la compañía Anglo-holandesa Royal Dutch Shell para la prospección petrolífera en los Lotes 38 y 42, en la zona de Camisea de la provincia de La Convención del de­partamento de Cusco. Tres años más tarde, en marzo de 1984, la Shell hace un enorme descubrimiento en el pozo exploratorio de San Martin 1, en el Lote 42, llamado posteriormente Lotes 88A y 88B, hoy conocido como LOTE 88, de 8.8 billones de pies cúbicos- TCF de Gas Natural y 587 millones de barriles de líquidos de Gas Natural. Shell continuo con el trabajo de búsqueda de más gas y encuentra en los pozos de Cashiari y Mipaya (hoy Lote 56) otros 2.8 TCF de Gas Natural y 225 millones de barriles de líquidos de Gas Natural. La prospección de ambos lotes (88 y 56), permitió estimar el descubrimiento de 13.8 TCF de reservas recuperables de Gas Natural. La más grande y fabulosa reserva de Gas Natural a nivel nacional. La inversión realizada por la Shell frisaba alrededor de US$ 550 millones (US$ 450 millones en el Lote 88 y 100 en el Lote 56).

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En 1986, con los hallazgos referidos, Shell busco negociar con el gobierno de Alan García para iniciar las labores de explotación del Gas Natural. En 1988 Petroperú y Shell firman un contrato de Operaciones para la explotación de Gas Natural de Camisea que demandaba una inversión compartida de US$ 2 500 millones, lue­go de cinco meses de firmado el contrato, se dio por terminado el mismo por falta de financiamiento del Estado Peruano. También, por el rechazo de la Shell, por no ser rentable, el pedido de Cusco de incorporar al contrato el tendido de un gasoducto hacia el sur del Perú, que al pasar por su territorio se construyera una Plan­ta de Fraccionamiento y una planta petroquímica básica. Rechazo que origino acervas críticas de parte de sectores de la izquierda peruana, calificándolo el contrato de ser entreguista a empresas transnacionales.

En un intento de reactivar las negociaciones con la Shell, en 1994 Petroperú firma un convenio para realizar un estudio de fac­tibilidad del proyecto para elaborar un Plan de Desarrollo. En mayo de 1996, con estudios aprobados, se firmó un Contrato de Licencia para la Explotación de Gas Natural del Lote 88 por 40 años con el Consorcio Camisea, formado por la Shell (42.5 % de participación) y Mobil (57.5 %), fuera de invertir el Consorcio US$ 19.5 millo­nes adicionales en la perforación de pozos exploratorio, pedía una serie de incentivos tales como la exportación del Gas Natural a Brasil, la participación en la distribución de gas en Lima, etc., que no fueron aceptados por el Estado, causando en 1998 la decisión del Consorcio de no continuar con el contrato, abandonando lo descubierto en los Lotes 56 y 88, sin exigir sea resarcido la inver­sión realizada a esa fecha. A esta positiva decisión para el Perú se la conoce con el nombre de “Regalo de Dios al Perú”.

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EXPLOTACION DEL GAS NATURAL EN BENEFICIO EXCLUSI­VO DEL CENTRALISMO Y DE PAISES DEL EXTERIOR.

Para orientar y usar este valioso e importante recurso natural como insumo estratégico para el desarrollo económico nacional y como fuente de energía para la población peruana, se determi­nó su uso y el precio fiscalizado al no tener costo por inversión por recuperar, señalado en la Ley N°27133-Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, que en su Artículo 4°.- Procedimientos adicionales para explotación de Reservas Probadas de Gas Natural, deberán tomar en cuenta, las siguiente siguientes obligaciones:

  1. a) Garantizar el abastecimiento del mercado nacional con Gas Na tural.
  2. b) Fijar un precio máximo para el Gas Natural en boca de pozo, llamado “Precio Fiscalizado”.

Aclarado y precisado el texto de los dos literales señalados, en el numeral 2.1 del Articulo 2° del Reglamento de la Ley 27133, Decreto Supremo N°040-99-EM: “Se considera garantizado el abastecimiento de Gas Natural al mercado nacional, cuando las reservas probadas del productor alcancen para abastecer la de­manda futura determinada según lo señalado en el Contrato, para un periodo mínimo definido en el Contrato de Otorgamiento de De­rechos de explotación de las reservas probadas de Gas Natural, el cual no podrá ser menor a un horizonte permanente de 20 años.” Es decir las reservas probadas de Gas Natural de los Lotes 56 y 88 deben garantizar con el abastecimiento de Gas Natural, en forma permanente durante 20 años movibles hacia el futuro el mercado nacional, haciendo virtualmente imposible su exportación. Pero, en los altos cargos de la gestión pública se enquistan personas al servicio de empresas transnacionales, el articulo señalado impedía la exportación del Gas Natural, con el añadido de que su precio era fiscalizado (controlado) en boca de pozo, colisionando con los intereses de comprar a un precio mínimo y vender a un precio máximo, por lo que era urgente modificar el texto del numeral 2.1 para facilitar la exportación del Gas Natural, a pesar de exis­tir otros productos abundantes para ser exportado, como son los minerales.

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En febrero de 2000, el Consorcio Camisea, formado por Pluspetrol (de Argentina, con el 36 % de participación), Hunt Oil (de EE.UU. con 36 %), SK Corp (Corea, 18 %) y TecPetrol (del Grupo Techint de Argentina, 10 %), obtuvo el derecho de explotar durante 40 años el Lote 88, con el compromiso de pagar una regalía de 37.4 % y la producción de Gas Natural se destinaria exclusivamente al mercado nacional. Para mala suerte del Perú, reapareció el lobista Pedro Pablo Kuczynski, antes fue Ministro de Energía y Minas en el gobierno del Arq. Fernando Belaunde Terry, asumiendo la cartera del Ministerio de Economía y Finanzas del Perú entre el 28 de julio de 2001 al 11 de julio de 2002, en esa condición fue Director de COPRI y de FONAFE, enterándose no solo de las funciones de di­chas instituciones sino de los procedimientos y tecnología adminis­trativa de dichas instancias públicas para aprovecharlas al máximo en beneficio propio, pero tuvo que abandonar abruptamente los cargos referidos por el fracaso, que promovió personalmente, de privatizar la empresa eléctrica publica de Arequipa, que motivo una violenta huelga del pueblo arequipeño.

En 2002 al cesar de los cargos antes referidos, inmediatamente usando con destreza la puerta giratoria, pasa al ámbito privado como director de la transnacional Techint y a partir de 2003 ase­sora a la empresa norteamericana Hunt Oil, empresas en las que probablemente haya planificado como beneficiarlas con la expor­tación de este importante recurso natural. El 27 de setiembre de 2003, mediante D. S. N° 031-2003-EM se deroga el texto del De­creto Supremo N° 040-99-EM: “Se considera garantizado el abas­tecimiento de Gas Natural al mercado nacional … en un periodo que no podrá ser menor a un horizonte permanente de 20 años”, y se cambia por este nuevo texto: “Se considera garantizado el abastecimiento con Gas Natural al mercado nacional, cuando las reservas probadas alcancen para abastecer la demanda futura… para un periodo mínimo definido en el otorgamiento de derechos de explotación de las reservas probadas…”, quedando abierta la opción de exportar el Gas Natural de Camisea, liberalidad conso­lidada y ratificada por la Ley N° 28552 de fecha 26 de mayo de 2006, cuando Kuczynski desempeñaba el cargo de Presidente del Consejo de Ministros.

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Con los compromisos adquiridos y las instrucciones recibidas de las empresas privadas en las que trabajo, retorna por la puer­ta giratoria a la función pública para asumir el cargo de Ministro de Economía y Finanzas entre el 28 de febrero de 2004 al 15 de agosto de 2005 y de Presidente del Consejo de Ministros del 16 de agosto de 2015 hasta el 28 de julio de 2006, fecha en la que con­cluye el mandato presidencial de Alejandro Toledo y también los cargos de Kuczynski como Premier y Presidente de Pro inversión y de FONAFE. Periodos en los que se promulgan un conjunto de nor­mas, fuera de la mencionada Ley N° 28552, destinada a exportar el recurso natural más importante en el siglo XX, descubierto por la Shell y entregado al Perú sin costo alguno, calificado como un “Regalo de Dios”:

. Con Decreto Supremo N° 033-2004-EM de 25 de agosto, proba­blemente maquinado por Kuczynski,y con su firma como Ministro de Economía y Finanzas se aprueba el Contrato de Licencia para Explotación y Exportación de Hidrocarburos del Lote 56 por el Con­sorcio conformado por cinco empresas extranjeras, dentro de las que estaba la norteamericana Hunt Oíl Company of Perú L.L.C., empresa asesorada por Kuczynski.

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. Como la voracidad de empresas extranjeras no tiene límites por el valioso recurso natural, al constatar que el Lote 56 tiene menores volúmenes de Gas Natural probadas (2.8 TCF), también se compromete la explotación y exportación de hidrocarburos del Lote 88 con reserva probadas de Gas Natural de 8.8 TCF, mediante Decretos Supremos N° 050-2005-EM de 30 de noviembre de 2005 y N° 006-2006-EM de 10 de enero de 2006, cuando Kuczynski desempeñaba el cargo de Presidente del Consejo de Ministros, bajo el pretexto cortoplacista de la inexistencia en el Perú de sufi­ciente demanda para el uso y consumo de Gas Natural, cuando en los años posteriores, el principal cuello de botella para acometer el Proyecto del Gasoducto del Sur del Perú-GSP fue la insuficiente disponibilidad de reservas probadas de Gas Natural para atender la demanda de este proyecto.

En consecuencia, la ciudadanía de Cusco ahora está informado, de quien es el responsable de que no conozcamos, menos nos beneficiemos con el Gas Natural de Camisea, que debió priorita­riamente usarse para ejecutar importantes proyectos de inversión, como: La Planta de Fraccionamiento del Gas Natural y su comer­cialización en balones para múltiples usos; La Planta Petroquímica Básica, productora de insumos básicos para atender la demanda de la petroquímica avanzada y para la exportación; La Planta Ter­moeléctrica, entre otros proyectos necesarios y vitales para el de­sarrollo económico y social de Cusco y de la Macroregión del Sur.

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COLOFON

Adicionalmente, las declaraciones de Pedro Pablo Kuczynski de no haberse beneficiado con dinero de la corrupción de Odebrecht y quienes lo acompañaron en las elecciones presidencial de 2011 eran personas limpias y gozaban de toda su confianza, fueron des­mentidas rotundamente por el ex-Superintendente de Odebrecht en el Perú, Jorge Barata, al declarar en Sao Paulo el 28 de febrero de 2018, en su condición de colaborador eficaz, de haber entre­gado de la Caja 2 (usada exclusivamente para pagar coimas) del Departamento de Operaciones Estructuradas de Odebrecht US$ 300 mil, en efectivo y en partes a Susana de la Puente Wiesse, quien se apersono a la oficina-sede de Odebrecht en Lima para solicitar el aporte, luego de coordinar, ella misma en la mayoría de las veces recibió el efectivo, excepto en una o dos oportunida­des, De la Puente encomendó a Jorge Luis Archimbaud Caballero a recoger el dinero. La banquera Susana De la Puente es amiga de alta confianza, acompañante permanente de Kuczynski en los procesos electorales de 2011 y 2016, nombrada por Kuczynski como Embajadora en el Reino Unido. En tanto, Arhimbaud, tam­bién participo en las campañas electorales presidenciales de Ku­czynski en 2011 y 2016, integrante del equipo de transferencia de la Presidencia del Consejo de Ministros, el 19 de febrero de 2018 designado miembro del Consejo Directivo del Organismo de Eva­luación y Fiscalización Ambiental-OEFA. Preguntado sobre el apoyo de Odebrecht, hizo coro con el resto de candidatos beneficiarios de igual apoyo, al expresar: “Yo no sé nada de eso, pregunten a la Embajadora” parodiando el triste papel del marido cornudo que no sabe de dónde viene las joyas y trajes elegantes de su esposa o es un candidato en la luna al ignorar lo que pasa en su partido.

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Source: El Sol