Luego del último accidente en la vía férrea Ollantaytambo – Machu Picchu, PeruRail, operador ferroviario en la ruta sur y sur oriente del país, llamó a locales y turistas a no transitar por las vías del tren, citando que buscan sensibilizar a peatones y conductores de vehículos motorizados sobre la importancia de evitar actos imprudentes cerca a la vía férrea. 

En un comunicado citaron que las operaciones de sus servicios de tren para pasajeros y carga se realizan en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Ferrocarriles y las normas operacionales de Ferrocarril Transandino S.A., concesionario de la vía férrea. 

“En ese entender, PeruRail comprende el valor de promover iniciativas que sensibilicen a la ciudadanía sobre el cuidado de la vida y la importancia de la seguridad; es por eso, que desarrolla permanentemente acciones que ayudan a prevalecer la seguridad de las personas frente a la circulación de trenes, sobre todo, en zonas aledañas a vía férrea”, citaron.

Así mismo, mencionan que buscan orientar a la ciudadanía que comportamientos como: caminar sobre o cerca de la vía férrea; ignorar los cruces o pasos a nivel; ingerir bebidas alcohólicas y quedarse sobre o cerca la línea férrea; ignorar la bocina del tren (señal de alerta auditiva); caminar sobre o cerca de la vía férrea utilizando audífonos; dormir o jugar cerca o sobre los rieles del tren, entre otros, ya que constituyen actos peligrosos, y a veces ilegales, que ponen en riesgo la vida. 

“Las acciones preventivas de seguridad ferroviaria ejecutadas por PeruRail buscan informar también a niños y adultos que, a diferencia de los vehículos motorizados, la circulación del tren se hace por la línea férrea y ante un suceso inesperado, el tren no puede desviarse de la infraestructura por la cual se desplaza. De igual modo, que un tren para detenerse completamente necesita una distancia considerable, luego de aplicar los frenos de emergencia”, finaliza el comunicado.

En relación a ello, el Reglamento Nacional de Ferrocarriles, en su artículo 18, regula la denominada: “Zona del Ferrocarril”, que es un área destinada para uso exclusivo de la actividad ferroviaria y tiene una dimensión de 5 metros de ancho a cada lado del eje de la vía férrea.


Source: Correo