La Contraloría General detectó un perjuicio económico por S/ 1´578,402.84 en contra de la Municipalidad Provincial de Urubamba – Cusco, debido a irregularidades en la ejecución y supervisión de la obra de instalación del sistema de desagüe en los sectores Pucara, Micay, Chaquehuayco, y Rinconada del Centro Poblado de Yanahuara. Asimismo, identificó presunta responsabilidad administrativa y penal en veintidós funcionarios de la entidad.

Los hechos se encuentran detallados en el Informe de Auditoría de Cumplimiento N° 323-2018-CG/CORECU-AC, el cual fue remitido al Órgano Instructor competente y a la Procuraduría Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General para el inicio del procedimiento administrativo sancionador, así como las acciones legales que correspondan respecto a los funcionarios señalados en el documento.

OBSERVACIONES:

Se evidenció incumplimientos contractuales; otorgamiento y amortización de adelanto directo, modificación de partidas, pago de valorizaciones, ampliaciones de plazo y aprobación de expediente técnico reformulado sin los debidos sustentos; riesgos no implementados y no cobro de penalidades, afectaron la legalidad, probidad y buena administración de la ejecución de obra y servicio de supervisión, generando además perjuicio económico de S/ 1´578,402.84.

El informe señala también que el inicio de la ejecución de la obra y la tramitación de sus primeras valorizaciones se realizó sin haber contado con la participación de un residente y supervisor y con un expediente técnico sin autoría. A pesar de ello, se dio conformidad, trámite y se pagó al contratista, sin acreditar la ejecución de las partidas de tales valorizaciones.

Se reconoció al contratista el pago total del adelanto directo por S/ 1´417,664.41, monto mayor al considerado en las bases integradas del proceso de contratación para la ejecución de la obra; además del reconocimiento de su amortización total sin acreditarse la prestación del servicio de supervisión, ni la realización de los trabajos considerados en dicha valorización.

La partida “terreno para planta de tratamiento” fue modificada por otras que no fueron autorizadas por la entidad ni ejecutadas por el contratista. Sin embargo, fueron reconocidas y pagadas generando un perjuicio económico de S/ 450,000.00.

Asimismo, no se implementaron las medidas correctivas respecto a los riesgos identificados en la Acción Simultánea n.° 619-2015-CG/L480-AS realizada por la Contraloría General de la República durante la ejecución de la obra, hecho que conllevó a la continuidad, conclusión y consecuente consentimiento de la liquidación final, afectando la transparencia, probidad, normativa aplicable y el cumplimiento de metas previstas.

Reconocimiento y pago de las tres primeras valorizaciones por la prestación del servicio de supervisión a pesar de no acreditarse el mismo; reconociéndose el total del monto contractual, sin haberse concluido con la ejecución de la obra y consentimiento de la liquidación final sin aplicación de penalidades, hechos que generaron un perjuicio económico de S/ 88,316.94 a la entidad.

RECOMENDACIONES:

Una de las recomendaciones señala que se debe remitir el informe al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con los recaudos y evidencias documentales correspondientes, a fin de que realice las acciones administrativas que correspondan, orientadas a su participación como ente supervisor en la ejecución de las obras de acuerdo a convenios celebrados con las entidades y/o competencias funcionales.

Asimismo, disponer que las áreas técnicas encargadas del seguimiento y control de la obra realicen evaluaciones periódicas destinadas a cautelar el adecuado funcionamiento de la red de desague y plantas de tratamiento; así como también realicen trabajos de monitoreo y mantenimiento constante que eviten el deterioro de su infraestructura.

Otra de las recomendaciones indica que las áreas técnicas de la entidad, encargadas de otorgar la conformidad a los informes de valorización de ejecución y supervisión de obra, deben verificar in situ que los trabajos descritos correspondan a los efectivamente contratados con participación efectiva de los residentes y supervisores; así como, que los trabajos cumplan con las especificaciones establecidas en el expediente técnico; debiendo promover que la liquidación de los contratos sean efectuados oportunamente.

El informe de Auditoría de Cumplimiento se encuentra publicado en www.contraloria.gob.pe (Sección: Participación Ciudadana/Buscador de Informes de Servicio de Control), conforme lo dispone la nueva Ley de Fortalecimiento de la Contraloría y del Sistema Nacional de Control, en aras de la transparencia y acceso a la información.


Source: Correo