Por: Lic. Enrique Aguirre Castro

Hoy martes 9 de enero, es un “Día Histórico”, porque en el parlamento debatirán y deben aprobar la Ley plan­teada por la Asociación Civil Transparencia, que prohíbe que sentenciados por terrorismo postulen a municipios y gobiernos regionales. La Ley también aplica para quie­nes cuentan con antecedentes, han sido sentenciados y/o comprometidos en delitos por terrorismo, tráfico ilí­cito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado o corrupción de funcionarios, quienes no po­drán ser candidatos a cargos de elección popular.

Resulta impostergable que la Ley sea aprobada hoy 09-01-2018, por el Pleno del Congreso para que ma­ñana miércoles 10, sea promulgada por el Presidente, Pedro Pablo kuczynski, pues ya se vence el plazo para que el presidente constitucional, convoque a elecciones para el 7 de octubre del presente año a nivel municipal y regional. La norma dice que la convocatoria a elecciones municipales y regionales debe hacerla el presidente de la República, 270 días antes (es decir el 10-01-2018), cuando también debe publicarse en el diario oficial El Peruano.

Lo correcto e ideal es que las próximas “Elecciones Municipales y Regionales” y posteriormente las Genera­les para elegir al Presidente y los 130 Congresistas de la Nación, se lleven a cabo con una reforma electoral y será una forma de demostrar que desde sociedad civil, Poder Legislativo (el Congreso) y el Poder Ejecutivo (el Presi­dente, Pedro Pablo kuczynski), estamos luchando para desterrar y acabar con el Cáncer Social de la corrupción.

Respecto a normativa y legislación vigente para im­pedir que “corruptos” sigan postulando a “Cargos Públi­cos por Elección”, debemos recordar que el Congreso de la República ya aprobó el jueves 2 de noviembre 2017, la ley que prohíbe postular a cargos públicos a quienes hayan sido condenados por terrorismo, corrupción, nar­cotráfico y violación sexual. Esta normativa es parte de la reforma electoral de cara a los próximos comicios de autoridades locales y presidenciales. La ley modifica a la Ley Orgánica de Elecciones, la Ley de Elecciones Regio­nales y la Ley de Elecciones Municipales.

De acuerdo a la ley aprobada, el impedimento es apli­cable para los casos citados incluso cuando las perso­nas hubieran sido rehabilitadas. Así, por ejemplo, los terroristas que este han salido de prisión (como Marit­za Garrido Lecca, no podrán postular). Además de los sentenciados por terrorismo, tampoco podrán postular a algún cargo de elección popular los condenados por tráfico ilícito de drogas y violación de la libertad sexual. Asimismo, funcionarios y servidores públicos condena­dos por delitos de colusión, peculado o corrupción de funcionarios.

La Ley aprobada el 02-11-2017, ha recibido críticas, porque no se ha incluido el delito de “lavado de activos”, cando Fiscalía, contempla ese presunto ilícito, en in­vestigaciones contra la ex candidata presidencial Keiko Fujimori y el ex presidente Alan García, así como contra el ex mandatario Ollanta Humala, quien cumple prisión preventiva.

Por eso la importancia que hoy 09-01-2018, el Parla­mento Nacional apruebe la Ley a propuesta de la Aso­ciación Transparencia, porque esta prohíbe que postulen a municipios y gobiernos regionales, no solamente los sentenciados, sino quienes cuentan con antecedentes y/o están comprometidos en delitos por terrorismo, trá­fico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, co­lusión, peculado o corrupción de funcionarios, quienes no podrán ser candidatos a cargos de elección popular. Es nuestra Opinión.


Source: El Sol